• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 1752/2023
  • Fecha: 26/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El actor prestó servicios como conductor con contrato de interinidad a TC como personal laboral de la Junta de CYL, solicitó reconocimiento de promoción económica vinculada a la antigüedad y devengo de cantidades resultantes. el JS desestimó, el TSJ confirmó debiendo computar los periodos de prestación efectiva. En cud. cuestiona el trabajador si el fijo discontinuo tiene derecho a que se le computen para el reconocimiento de trienios los periodos en que no hubo prestación de servicios. La Sala IV de los 2 motivos aprecia contradicción en los dos. Remite a su doctrina, rcuds. 2309/17 y 2932/17, entre otros, citado el ATJUE asuntos acumulados C-439/18 y 472/18 que apreció contrario al Acuerdo Marco a TP de la Directiva 1997/81 , en su cláusula 4 por discriminatorio y en aquel caso también discriminación indirecta a las mujeres al no reconocer los periodos no trabajados. Recuerda la modificación de la jurisprudencia sobre la forma de computar la antigüedad de fijos discontinuos por la diferencia de trato peyorativa para el trabajo a TP a los que no se le exigiría la duración de la relación laboral sino el tiempo de servicios efectivamente prestados. Aplica SSTS 10/11/21 rcud. 3662/19 y 26/02/24 rcud.2609/22 con la misma empleadora y contrato temporal de interinidad, estimando el recurso y la demanda del trabajador.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 3393/2021
  • Fecha: 26/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Lo resuelto sobre el salario en la previa sentencia firme de despido vincula al posterior proceso ordinario, donde se reclama el pago de salarios correspondientes al período inmediato posterior a la readmisión de los trabajadores en cumplimiento de la calificación como nulo del despido.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 4443/2022
  • Fecha: 26/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La empresa demandada puede excepcionar la prescripción en el acto del juicio aunque no la hubiera alegado en el correspondiente intento de solución preprocesal. Reitera doctrina.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 3327/2021
  • Fecha: 26/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La empresa demandada puede excepcionar la prescripción en el acto del juicio aunque no la hubiera alegado en el correspondiente intento de solución preprocesal. Reitera doctrina.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 5675/2022
  • Fecha: 25/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En función de la fecha de suscripción del contrato de relevo la normativa aplicable en un caso es el art. 12 en la redacción dada por el RD Legislativo 2/2015, entrando en juego la DT 4ª.5 de la LGSS, y, en otro, el art. 12 según la redacción dada por la Ley 40/2007, aplicándose la DT 17.3 de la LGSS 1994. Se aplica criterio ya empleado en sentencias del TS 585/2023, de 26 de septiembre (rcud 1916/2022); 697/2023, de 3 octubre (rcud 57/2022); 717/2023 de 4 octubre (rcud 2689/2021), y 1162/2023, de 14 de diciembre (rcud 5871/2022).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 3799/2021
  • Fecha: 17/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia anotada considera, a efectos de la responsabilidad solidaria en deudas salariales, ex art. 42.2 ET, que constituye propia actividad del Ayuntamiento demandando y del Patronato, la externalizada y consistente en prestar atención al público destinatario de la programación cultural (información, control de aforos, taquillaje, portería, organización de comienzo y fin de actividades, medidas de seguridad, planes de evacuación, etc.) lo que lleva a condenar solidariamente al Ayuntamiento y al Patronato Sociocultural, junto con la empleadora. Se argumenta sobre el alcance y contenido de "propia actividad", para concluir que el servicio de atención al público, complementario del programa cultural del Ayuntamiento, concertado con la mercantil empleadora, constituyen servicios de la propia actividad del consistorio, que efectúa a través del Patronato. De no haberse concertado la contrata, tales servicios tendrían que realizarse por el propio Patronato. Además, las tareas realizadas por el personal de la empresa subcontratada se incorporan directamente y de manera inescindible al resultado final del servicio que constituye la única finalidad del Patronato, y que no es otro que el ofrecer al público las obras, espectáculos y actividades culturales que justifican su propia existencia. La actividad del Patronato no se entiende sin la imprescindible la intervención de los trabajadores que llevan a cabo las tareas y funciones que constituyen el objeto de la contrata.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER
  • Nº Recurso: 853/2021
  • Fecha: 17/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Determinar si una trabajadora laboral que ha adquirido la condición de indefinida no fija, tiene o no derecho a participar en un concurso para la provisión de puestos de trabajo adscritos al personal laboral que, en cumplimiento del artículo 14 del convenio aplicable, restringe la participación en dichos concursos a los trabajadores fijos. Personal indefinido no fijo al servicio de la Consejería de Empleo de CyL. Se declare el derecho del personal laboral indefinido no fijo a participar en los concursos de traslados que se convoquen para la cobertura de tales puestos en igualdad de condiciones que los trabajadores" fijos" y, consecuentemente, la nulidad de las resoluciones administrativas que negaron el mencionado derecho. aplicable que limita la participación en tales concursos al personal fijo, así como que la adscripción de los indefinidos no fijos a un puesto de trabajo concreto impiden que pueda reconocérsele el invocado derecho. Se revoca la sentencia Sala Social TSJ Castilla y Leon que estima la pretensión, declarando que no hay derecho en aplicación del art 14 del CC.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER
  • Nº Recurso: 5599/2022
  • Fecha: 03/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Esta STS aborda una disputa sobre igualdad retributiva en un contexto de subvenciones para la contratación de trabajadores desempleados. El origen del caso se encuentra en una convocatoria del SPEE que permitió a la Delegación del Gobierno de Ceuta contratar, temporalmente, trabajadores para servicios de interés general. Los trabajadores demandaron, alegando que no se les aplicó el convenio colectivo que correspondía, percibiendo salarios inferiores a los estipulados. La sentencia de instancia favoreció a los trabajadores, estableciendo que se había vulnerado el principio de igualdad de trato y no discriminación y condenó a la entidad gubernamental a pagar compensaciones por daños morales y lucro cesante. Sin embargo, esta decisión fue parcialmente revocada en apelación por el TSJ que redujo la indemnización y eliminó la compensación por lucro cesante, argumentando que las diferencias salariales debían reclamarse como una cuestión salarial y no como indemnización por discriminación. El TS se centró en determinar si correspondía o no compensar a los trabajadores por la discriminación salarial más allá del daño moral, considerando adecuado restablecer la indemnización por lucro cesante dada la vulneración del derecho a la igualdad retributiva. Este fallo subraya la interpretación de que la protección de los derechos fundamentales, como la igualdad retributiva, implica una reparación integral que incluye tanto el daño material por salarios no percibidos como el daño moral.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 101/2022
  • Fecha: 20/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Contrato de trabajo: contratación temporal del personal laboral docente e investigador. Reclamaban el reconocimiento de la posibilidad de evaluación docente e investigadora, así como el posterior devengo de los complementos correspondientes de quinquenios por méritos docentes y sexenios por actividad investigadora. La sentencia del TSJ Andalucía -Granada- estimó sustancialmente las pretensiones contenidas en la demanda de conflicto colectivo. Recurrida la Sala de casación, desestima íntegramente el recurso, rechazando las excepciones planteadas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 145/2022
  • Fecha: 20/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Las comisiones negociadoras ad hoc están legitimadas en procesos colectivos si hay acuerdo mayoritario de sus miembros, pero carece de legitimación una parte de ellos, minoritaria en la comisión. La modificación cálculo individual del incentivo por objetivos para descontar la parte proporcional del tiempo en el que el trabajador se hubiera encontrado en situación de incapacidad temporal, es una MSCT que afecta al sistema de remuneración, por lo que debe seguir el procedimiento de modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter colectivo.

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